“AYUDAS DEL PROGRAMA EMEGA PARA El FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO FEMENINO EN GALICIA”

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Beneficiarios:

  • Empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su plan Actiba en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 7 de agosto de 2023, y que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Tratarse de una empresa privada con la categoría de microempresa o pequeña empresa válidamente constituida, bajo cualquier forma jurídica.
  2. La actividad mercantil puede ser realizada por empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales.

En las empresas de tipo societario, la administración de la empresa tienen que ejercerla mujeres y el capital social estar mayoritariamente suscrito por mujeres, en el caso de pequeñas empresas, e íntegramente suscrito por ellas cuando se trate de microempresas.

3. Tener domicilio social y fiscal, así como establecimiento de producción o comercial en Galicia.

4. Todas las promotoras de las empresas beneficiarias de las ayudas, con idependencia de su grado de participación en el capital social de la empresa, deben estar de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o en mutualidad del colegio profesional y estar viculadas laboralmente a la empresa, desarrollando de forma habitual su actividad profesional en ella. Los efectos de este programa, no se tendrán en cuenta las autónomas colaboradoras.

5. A los efectos de este programa, los puestos de trabajo por cuenta ajena con contrato indefinido a tiempo parcial solo se tendrán en cuenta cuando la jornada de trabajo no sea inferior el 50% de la jornada común de trabajo establecido legalmente o en el convenio colectivo que le sea de aplicación. Asimismo, los puestos de trabajo por cuenta ajena, con trabajo indefinido para la realización de trabajos de carácter fijo discontinuo sólo se tendrán en cuenta cuando la duración de la actividad de la trabajadora no sea inferior a diez meses en un periodo de doce meses.
6. Haber iniciado la actividad económica y la actividad laboral en los términos exigidos para cada tipo de ayuda.
7. La iniciativa o proyecto empresarial debe tener viabilidad técnica, económica y financiera, lo que deberá quedar reflejado en el plan de negocio empresarial.
8. No haber recibido ayudas al amparo del programa Emega en los años 2020, 2021 y 2022.

Para ser beneficiarias, los requisitos y condiciones comunes y específicos de cada línea deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período mínimo de permanencia de la actividad y del mantenimiento de los puestos de trabajo (dieciocho meses).

Tipos de líneas y cuantía de las ayudas:

La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:

1) Línea Emprende: Incentivos desde 10.000 € hasta 22.000 €.

2) Línea Activa: Incentivos desde 8.000 € hasta 17.000 €.

3) Línea ITEF: Incentivos desde 18.000 euros hasta 42.000 €.

4) Ayuda complementaria concilia:

  • Concilia-promotoras: Incentivo de 3.000 €
  • Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: Incentivos desde 1.000 € hasta 5.000 €.

Plazo de presentación:

Desde el 8 de julio de 2023 hasta el 7 de agosto de 2023

Bases reguladoras:

https://acortar.link/yyitlH