AYUDAS PARA SUFRAGAR LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL A AUTÓNOMOS -PEL-Autónom@s)

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Beneficiarios

Personas autónomas promotoras de iniciativas empresariales que con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de ayuda desarrollen una actividad con ánimo de lucro y reúnan los siguientes requisitos:

– Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, o como mutualista de colegio profesional con una antigüedad ininterrumpida máxima de 5 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de ayudas.

– Tener el domicilio fiscal en algún municipio de la provincia de A Coruña

– Tener una antigüedad máxima de 5 años de ejercicio continuado en la actividad empresarial para la que solicita la ayuda, con anterioridad a la publicación de la convocatoria según información recogida en el certificado de situación censal.

– No estar a recibir ninguna ayuda por parte de ningún organismo para sufragar las cuotas sociales de autónomos para el período subvencionado.

Proyectos Subvencionables y Gastos Subvencionables

  • Parte del importe de los pagos realizados a Tesorería General de la Seguridad Social en concepto de cuotas mensuales de autónomos correspondientes a las cuotas no bonificadas por ningún otro organismo público ni privado.
  • Presupuesto maximo subvencionable: 3.429 €

Prazo de Realización da Actividade Subvencionable

  • Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021

Plazo de presentación de solicitudes

  • Hasta 15 de abril de 2021 a las 14:00 horas.

Plazo de justificación

  • 30 de abril de 2022

Cuantía Subvencionable

  • 200 € mensuales durante doce meses como máximo correspondientes a los meses del año 2021

Bases reguladoras