Medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética: plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización: regula la temperatura del aire en determinados edificios de uso administrativo, comercial (tiendas, supermercados, centros comerciales…) así como locales de pública concurrencia (bares, restaurantes, cafeterías…) limitando la calefacción a 19º C y el aire acondicionado a 27º. No tendrán que cumplir @dito limitaciones de temperatura aquellos locales que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca. Adicionalmente, los recintos habitables acondicionados la que hace referencia el apartado anterior deberán informar, mediante carteles informativos o el uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites anteriores. Dichos carteles o pantallas deberán ser claramente visibles desde la entrada o acceso a los edificios. Además, los locales de acceso desde la calle tendrán que disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado. La iluminación de escaparates deberá de apagarse a las 22 horas.